Inspecciones periódicas obligatorias de las Instalaciones Eléctricas de Baja Tensión de las Zonas Comunes en Edificios de Viviendas

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Plazo máximo 18 de Septiembre de 2.013

Inspecciones exigidas por:

Real Decreto 842/2002 – Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión en su ITC-BT 05 Verificaciones e inspecciones.

RESOLUCIÓN de 12 de Julio de 2012, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se publican las instrucciones para la realización de inspecciones periódicas de las instalaciones comunes en edificios de viviendas.

¿A qué instalaciones?

Cada 10 años las zonas comunes (tales como las instalaciones de enlace) y servicios generales (alumbrado, fuerza de escaleras, alimentación eléctrica de los ascensores, grupos de presión, centrales de calor y frío, etc.) de los edificios de viviendas que tengan 25 o más suministros, entre viviendas y locales.

Cada 5 años a los garajes de más de 25 plazas, piscinas con más de 10 kw contratados y alumbrado exterior (en jardines, paseos y zonas exteriores) de más de 5 kw.

Recuerde que debe realizar la Inspección antes del 18 de Septiembre de 2013
, el incumplimiento de esta obligación se considera una infracción, que de acuerdo a la Ley 21/1992 de 16 de julio, de Industria, puede dar lugar a la imposición de la sanción correspondiente.

Solner le ofrece sus servicios para la gestión de las Inspecciones.